El Tribunal conformado por los jueces Mauricio Marcelo Mayer, María Carolina Castagno y Gervasio Pablo Labriola rechazó los recursos de nulidad, el pedido sobreseimiento y confirmó la resolución que dictó el juez de Garantías Pablo Nicolás Zoff el 24 de julio último a través de la cual declaró la clausura de la etapa de instrucción y la remisión a juicio de la causa por estafa y vaciamiento de Sociedad Anónima Entre Ríos (SAER), editora de «El Diario», en la que están imputados Leonor María Magdalena Barbero Marcial, sus tres hijos, Luis Miguel, Arturo Sebastián y Juan Diego Etchevehere, y los financistas dueños de Red Mutual Walter y Viviana Grenón.
De igual modo, la batalla de los Etchevehere y los Grenón no tiene fin con esa resolución del tribunal colegiado. Ya presentaron un recurso para llevar la discusión ante la Cámara de Casación Penal,.
La causa está caratulada «Etchevehere, Luis Miguel; Etchevehere, Arturo Sebastián; Etchevehere, Juan Diego; y Barbero Marcial de Etchevheere , Leonor María Magdalena y Otro s/Estafa”.
En su resolución, el juez Zoff había rechazado las excepciones de falta de acción por prescripción y atipicidad planteada por los defensores Rubén Paliotto, Alberto Sampayo y Miguel Cullen, y “en consecuencia rechazar también los pedidos de sobreseimiento de sus asistidos y oposición a la remisión de causa a juicio”.
También rechazó la excepción por falta de acción por vulneración de plazo razonable planteada por la defensa ejercida” por Pagliotto -que representa a la familia Etchevehere-, y en consecuencia rechazar el pedido de sobreseimiento de sus asistidos y oposición a la remisión de causa a juicio”.
Zoff denegó además la excepción por falta de acción por operar la excusa absolutoria y por tortura institucional planteada por el defensor Pagliotto, “y en consecuencia rechazar el pedido de sobreseimiento de la imputada Leonor María Magdalena Barbero Marcial, y oposición a la remisión de causa a juicio”.
En lo instrumental, el magistrado requirió a Barbero Marcial que “en lo sucesivo, si cualquier acto o intervención procesal requiere adecuar alguna circunstancia en atención a su edad o género, lo haga saber a la mayor brevedad, para adoptar las acciones positivas que sean necesarias para sortear dicha vulnerabilidad, y así garantizar el ejercicio de sus derechos”.
Y declaró “la clausura de la presente instrucción”.
Dolores Etchevehere inició la denuncia por estafa contra su familia en 2013.
El proceso
En mayo pasado, el Ministerio Público Fiscal había requerido la remisión a juicio de la causa por vaciamiento de Sociedad Anónima Entre Ríos (SAER), editora del desaparecido «El Diario», de Paraná, en el marco de una investigación que se había iniciado en 2013 a instancias de una denuncia presentada por Dolores Etchevehere, la menor de las hijas del matrimonio conformado por Luis Etchevehere, fallecido en 2009, y la actual «mater familias», Leonor María Magdalena Barbero Marcial, pero que también alcanza al exministro de Agroindustria de Mauricio Macri, Luis Miguel Etchevehere; al excandidato a gobernador por La Libertad Avanza, Arturo Sebastián Etchevehere, y al dirigente del ruralismo más concentrado, Juan Diego Etchevehere.
Los Etchevehere, más los empresarios Walter y Viviana Grenón, popes de la financiera Red Mutual, fueron procesados el 24 de noviembre de 2022, medida dispuesta por la entonces jueza de Transición Carola Bacaluzzo, decisión que quedó firme.
Aunque la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) tiene en tratamiento un recurso de queja de los Grenón, que plantearon la prescripción de los delitos que se les reprochan, trámite que, a juicio del fiscal Álvaro Piérola, no invalida la remisión a juicio oral y público.
También la Sala Penal del STJ tiene que resolver un recurso de Fiscalía ante el dictado de sobreseimiento de Luis Guevara, un personaje insignificante y menor que fungió de director de SAER.
En tanto, el empresario pizzero Germán Buffa, que también participó del comité directivo de «El Diario, accedió a un juicio abreviado el 30 de diciembre de 2025, con una pena de prisión condicional de 3 años.
Así, Piérola pidió remisión a juicio para los impatados Leonor Barbero Marcial, Luis Miguel, Arturo Sebastián y Juan Diego Etchevehere y para los hermanos Grenón.
La imputación fiscal plantea: “Que durante el período comprendido entre los años 2011 a 2015, Viviana Grenón, Leonor María Magdalena Barbero Marcial (vda.) de Etchevehere, Luis Alberto Guevara y Germán Esteban Buffa, en su carácter de Directores, contemporáneos y sucesivos de la firma Sociedad Anónima de Entre Ríos (SAER), obligaron abusivamente a la empresa cuyos bienes e intereses dirigían y administraban, perjudicándola, al aprobar en fecha 16/03/2012 la venta de los inmuebles ubicados en la ciudad de Paraná, sitos en: 1) Urquiza N° 1050, partida N° 10-7242-00; 2) 25 de Junio N° 33, partida N° 10-3658-09; 3) 25 de junio s/n, partida N° 10-16104-05; 4) 25 de junio N° 19, partida N° 10-118565-07; 5) Urquiza N° 1036, partida N° 10-66810-08, a la firma Arroyo Ubajay S.A.; y los inmuebles sitos en: 1) calle Buenos Aires N° 11, partida N° 10-10154-04; 2) Tratado del Pilar N° 526, partidas N°s.
5106927/8 y 126179/5, ambos de la ciudad de Paraná, a la firma Nexfin S.A., desconociéndose la fecha en que se concretó cada una de tales operaciones. También la obligaron abusivamente cuando en fecha 20/03/2012, aprobaron la venta de los inmuebles sitos en 1) Urquiza Nº1119/23 – subsuelo – (partida DGR 120.979/03); 2) Urquiza Nº 1119/23, P.B.
(partida DGR 10-6638-08); 3) Urquiza Nº 1119/23, piso 1º (partida DGR 10-120861-01); 4) Urquiza Nº 1119/23, piso 2º (partida DGR 10-120862-00), todos de la ciudad de Paraná; 5) Camoirano Nº 63 (partida Nº 13-11463801), de la ciudad de Victoria; 6)- Caseros Nº 9898 (partida DGR 09-107636-4), de la ciudad de Nogoyá; 7) Etchevehere s/n (partidas DGR 03-102359-03 y 03-102358-4), de la ciudad de Diamante, a la firma Construcciones del Paraná S.A., desconociéndose también en tales casos la fecha en que se concretó cada una de dichas operaciones.
Tales operaciones contaron con la cooperación imprescindible de Walter Grenón, Luis Miguel Etchevehere, Arturo Sebastián Etchevehere y Juan Diego Etchevehere, en sus dobles caracteres de socios de SAER y de las empresas Arroyo Ubajay S.A.
y Nexfin S.A., el primero, y de la firma Construcciones del Paraná S.A., los demás; quienes no solo aprobaron las ventas de aquellos bienes de capital en la Asamblea Extraordinaria de SAER de fecha 21/03/2012, sino que -a su vez- decidieron la adquisición de tales bienes para las sociedades que integran, en connivencia y de previo y común acuerdo con los Directores de SAER, con el objetivo de obtener ventajas patrimoniales personales de tales operaciones, y causar 6un daño a ésta al dejarla descapitalizada de bienes inmuebles con los cuales garantizar y cumplir sus obligaciones contractuales, comerciales, financieras y fiscales.
De tal forma, y por un lado, las firmas Arroyo Ubajay S.A. y Nexfin S.A., ambas bajo la dirección y control de Walter Grenón, propusieron al Directorio de SAER la compra de los inmuebles ya detallados; de la misma forma que también hizo lo propio la firma Construcciones del Paraná S.A., cuya sociedad la integran los referidos miembros de la familia Etchevehere.
Una vez concretadas las operaciones de venta de tales inmuebles, el producido fue distribuido, también siguiendo un acuerdo previo, entre Luis Miguel Etchevehere, Juan Diego Etchevehere, Arturo Sebastián Etchevehere y Leonor María Magdalena Barbero Marcial (vda.) de Etchevehere y la Asociación Mutual Unión Solidaria, de propiedad de Walter Grenón, en función de supuestas obligaciones adeudadas previamente a ellos por SAER y en detrimento de otros acreedores.
De esa forma, las mismas personas físicas que en sus respectivos roles funcionales decidieron la venta de aquellos bienes, fueron luego quienes se vieron beneficiados con los mismos y también con el producido de ellos a través de las distintas personas jurídicas que también conforman; dejando a SAER vacía de bienes de capital y con un cúmulo de deudas tal que debió inmediatamente recurrir a fuentes de financiamiento no bancarias para hacer frente a esas otras obligaciones, tal y como surge del Acta de Directorio del 28/12/2012.
Luego, la maniobra fraudulenta de descapitalización de la sociedad se termina de concretar con la venta de los bienes inmuebles sitos en calles Pedro Zanni s/n, y Buenos Aires esq.
Urquiza de Paraná, a la Mutual 10 de abril, garantizando con ello dos operaciones de mutuo por un total de tres millones de pesos, que terminó con sendas acciones judiciales de escrituración de tales inmuebles por parte de ésta última (“Asociación Mutual 10 de Abril c/Sociedad Anónima Entre Ríos – Ordinario – Escrituración», que tramita por ante el Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 8 de Paraná; y «Asociación Mutual 10 de Abril de Paraná c/Sociedad Anónima de Entre Ríos – Monitorio Ordinario – Escrituración», que remitiera el Juez en lo Civil y Comercial Nº 7 de Paraná), ante la falta de cumplimiento de los compromisos asumidos en tales operaciones.
De esa última forma, el Directorio de SAER nuevamente obligó abusivamente a la firma, perjudicándola al dejarla ya vacía de bienes inmuebles, acordando como garantía de aquellos mutuos la venta de los mismos por un valor muy por debajo al de mercado y al propio revalúo que sobre los mismos realizara la empresa por intermedio del Arquitecto Mario J.
Zufotinsky, conforme Acta de Directorio del 29/06/2013; con lo cual el perjuicio a la sociedad se ve agravado porque no solo perdería los mismos, sino que los habría comprometido a un menor valor».
En el desagregado de los hechos, Piérola plantea: «Con la prueba reunida a lo largo de esta investigación se logró acreditar, en la provisoriedad de esta instancia, tanto la materialidad del suceso descripto, como la responsabilidad penal de los encartados en el mismo.
Como luce la descripción imputativa y de, la evidencia producida, todos y cada uno de los sindicados en la presente causa, de forma continuada e integrada y desde distintos modos de intervención jurídico penal, ejecutaron una compleja trama que perjudicó el estado patrimonial, comercial y financiero de SAER».
Y agrega: «La maniobra de vaciamiento, como hecho único investigado, cuenta en su primer tramo (2010/2012) con la intervención de Viviana Grenón y Leonor Barbero como autoras, con la participación necesaria de Walter Grenon, Luis Etchevehere, Sebastian Etcheverhe y Juan Etcheverere, todos quienes como se pudo probar por la documental agregada actuaron desde ´adentro´ de SAER, y también desde ´afuera´, participando dolosa y necesariamente en la transferencia de los bienes que eran propiedad de El Diario de Paraná, como luego se detallará.
Asimismo, y conforme a los términos de la imputación, la maniobra investigada también reconoce un segundo tramo (a partir de 2012), momento en el cual el Grupo Grenon transfirió al Sr. Ramiro Nieto el paquete accionario mayoritario que hasta esa fecha detentaba».
El entramado de vaciamiento de SAER operó del siguiente modo:
«En fecha 20/12/2010, conforme Acta de Asamblea de igual fecha, los Accionistas de SAER, teniendo en cuenta la imposibilidad de hacer frente con recursos financieros propios al pago de las deudas fiscales como así también la imposibilidad de acceder a créditos en atención a los estados contables de la empresa es que aprueban por unanimidad poner a la venta la totalidad de los inmuebles de la Sociedad con exclusión del ubicado en calle Buenos Aires y Urquiza donde se encuentra la sede social.
A tales efectos, se autorizó al entonces Presidente, Walter Grenón, a realizar los actos correspondientes a los fines de la venta de los inmuebles y/o suscripción de boletos de compraventa y/o escrituras traslativas de dominio que correspondan.
«Luego, conforme Acta de Directorio de SAER de fecha 16/03/2012, el Direc...


